El visado de residencia para inversores, también llamado “Golden Visa” es aquel visado que permite residir en España a todo extranjero que decide invertir en el país.
Para ello deberás invertir en la compra de un inmueble valorado en por lo menos 500.000€, en acciones de empresas españolas por un valor de 1 millón de €, compra de deuda pública o bonos por valor de 2 millones de € o en un proyecto empresarial en España.
PREGUNTAS FRECUENTES
Sí, podrás reagrupar a tu cónyuge o pareja de hecho, hijos menores de edad o mayores de edad que dependan económicamente del titular de la autorización de residencia.
Sí, pero lo será para financiar la parte de la inversión que exceda a los 500.000€.
Sí, siempre que la suma de los valores de la inversión sea superior a 500.000€.
Sí, siempre que la sociedad no se encuentre registrada en un paraíso fiscal y que tengas la mayoría de los derechos de voto, o que tengas la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de miembros del órgano de administración.
Sí, siempre que dicha compra haya sido realizada de forma posterior al 28 de septiembre de 2013, fecha en que entró en vigor la ley de emprendedores.
Sí, siempre que estéis casados bajo el régimen de gananciales o análogo. En este caso, la residencia para inversores será reconocida para uno de los cónyuges, mientras que el otro podrá optar por el visado de residencia como familiar del primero.
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